Directivos y médico de Llacuabamba sancionados por 3 o 4 años por infringir Protocolo Sanitario de la Liga 1 Movistar
Mediante Oficio 0273-FPF-2020 del 31 de agosto de 2020, la Comisión Disciplinaria de la Federación Peruana de Fútbol (FPF) dio a conocer la ejemplar sanción en contra de un funcionario de su entidad y representantes del club Llacuabamba, al comprobarse que infringió el Reglamento de Liga 1 Movistar y el Protocolo de Sanidad para la vuelta a los entrenamientos y competencias de la Liga de Fútbol Profesional de la FPF.
En sus principales considerando resuelve lo siguiente:
Artículo 1.- Sancionar al señor Paul Ríos, supervisor de la Federación Peruana de Fútbol con la suspensión de tres (03) años de prohibición para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol, sanción que será computada a partir del día siguiente de la notificación de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 12 literal “c” del Reglamento Único de Justicia.
Artículo 2.- Sancionar al señor Roy Díaz Jefe de Equipo del Club Social, Cultural y Deportivo Llacuabamba con la suspensión de tres (03) años de prohibición para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol, sanción que será computada a partir del día siguiente de la notificación de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 12 literal "c" del Reglamento Único de Justicia, y una multa de una (01) UIT de conformidad con el artículo 16.2 del Reglamento Único de Justicia.
Artículo 3.- Sancionar al señor Ramón Cáceda, médico y responsable de Bioseguridad del Club Social, Cultural y Deportivo Llacuabamba con la suspensión de cuatro (04) años de prohibición para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol, sanción que será computada a partir del día siguiente de la notificación de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 12 literal "c" del Reglamento Único de Justicia, y una multa de 1.5 UIT de conformidad con el artículo 16.2 del Reglamento Único de Justicia.
Artículo 4.- Sancionar a los señores Carlos García, preparador de arqueros; Alina Silvera, Delegada; y Jéssica Velásquez, Kinesióloga, dirigentes del Club Social, Cultural y Deportivo Llacuabamba, con la suspensión de tres (03) años de prohibición para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol para cada uno, sanción que será computada a partir del día siguiente de la notificación de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 12 literal "c" del Reglamento Único de Justicia, y una multa de una (01) UIT para cada uno de conformidad con el artículo 16.2 del Reglamento Único de Justicia.
Foto FPF/Liga 1 Movistar